Impuesto sobre Sociedades

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Ante la creciente exigencia de la Administración Tributaria, las organizaciones precisan de profesionales que tengan conocimientos actualizados en materia fiscal con el fin de garantizar una tributación correcta y acorde con la actualidad legislativa. Este curso introduce profundamente al alumno en conceptos como la base imponible, las partidas fiscales deducibles, los conceptos de amortización, la depreciación y la deducibilidad, etc. capacitando al alumno a gestionar el impuesto en el área fiscal y contable de cualquier sociedad, para que pueda cumplir con sus obligaciones fiscales y mercantiles. ⏩PROGRAMA
  1. ANTECEDENTES GENERALES.
  2. NATURALEZA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
  3. EL HECHO IMPONIBLE:
        - Tributación personal, filial- matriz, deducción para evitar doble imposición por rentas obtenidas en el extranjero
  1. EL SUJETO PASIVO:
        - Sociedades patrimoniales, sociedades civiles con objeto mercantil, UTES..         - Concepto de empresa de reducida dimensión y sus beneficios fiscales, gran empresa.
  1. BASE IMPONIBLE.
Imputación temporal de ingresos y gastos: venta a plazos, gastos diferidos, consultas DGT sobre distintos supuestos. Ajustes temporarios y permanentes:
  • Exención de dividendos
  • Gastos no deducibles
  • Libertad de amortización de elementos de mejora energética y vehículos ecológicos.
  • Contabilización del impuesto sobre sociedades.
  • Amortización fiscal de activos intangibles.
  • Dotación de clientes de dudoso cobro
  • No deducibilidad de depreciación contable de inmovilizado. Amortización de los ajustes.
  • Provisiones deducibles, por litigio en curso, aportaciones a planes de pensiones y asimilados
  • Reserva de capitalización y nivelación.
  • Compensación de bases negativas.
  • Operaciones vinculadas, consignación y documentación.
  • Limitación a la deducibilidad de gastos financieros netos. Cumplimentación correcta de la página 20 del modelo 200.
  • Tipos de gravamen, tipo del 23% en que casos; tipo del 15% por nueva empresa o por empresa emergente, casuística.
  • Régimen fiscal de Illes Balears: Reserva por inversiones en Baleares, rentas de actividades industriales, agrícolas, ganaderas y forestales.
Deducciones para evitar la doble imposición internacional, distinta limitación para actividades empresariales que para activos financieros.
    • Cómo tramitar la aplicación de convenios de doble imposición para obtener la exención en renta extranjera o la menor tributación.
  • Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades y otros incentivos en cuota de carácter coyuntural:
    • Deducción de I+D+I, su monetización.
    • Deducción de contratación, deducción de planes de pensiones como promotor
  • Pagos fraccionados. Cuota mínima. Documentación anexa. Cómo cambiar de método.
  1. GESTIÓN DEL IMPUESTO.
La obligación de retener e ingresar a cuenta:
  • No sujeción de determinadas rentas de arrendamiento, certificación de la no sujeción.
  • Retención de dividendos.
  • Retención de FIM
  • ⏩PONENTE: NOEMÍ JIMÉNEZ
Dña. Noemí Jiménez Martín es Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid. Servicio de Información tributaria de la AEAT, en el departamento de impuesto sobre Sociedades y Tributación Internacional. Formadora en el área de tributación. ⏩A QUIÉN VA DIRIGIDO
  • Profesionales del asesoramiento fiscal y de la gestión administrativa
  • Abogados
  • Economistas
  • Gestores administrativos
  • Graduados sociales
  • Titulados mercantiles y empresariales
  • Y otros profesionales interesados en conocer este importante impuesto
⏩DURACIÓN: 8 horas ⏩FECHAS 29 de octubre de 2024. De 9.00 a 13.30 y de 15.00 a 18.30 horas ⏩CUOTA DE INSCRIPCIÓN La cuota de inscripción es de 295 € para asociados a CAEB y a partir del 2º inscrito de la misma empresa. 310 € en el resto de los casos. La cuota incluye la asistencia a las sesiones y la documentación. Atendiendo a la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, esta formación no es bonificable.