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C11/2015 - COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL 2015

ENTRADA EN VIGOR: 1 DE ENERO DE 2015 El día 31 de enero se publicó en el BOE la Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015. Tope máximo de la base de cotización al Régimen General: 3.606,00 euros mensuales o 120,20 euros/día. Tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional: será el equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador, sin que pueda ser inferior a 756,60 euros mensuales o 25,22 euros/día. Bases máximas y mínimas de cotización para el Régimen General: Bases mínimas de cotización por contingencias comunes en horas aplicables a los contratos de trabajo a tiempo parcial: CIRCULAR2   Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje consistirá en una única cuota mensual:  CIRCULAR3 IMPORTANTE: Las empresas tendrán derecho a una reducción del 100 % de las cuotas empresariales a la                                        Seguridad Social y a los trabajadores se les bonificará el 100 % de las cuotas.                                (Ley 3/2012 de 6 de julio de medidas urgentes para la reforma laboral). Tipos de cotización al Régimen General:  CIRCULAR4 PRÓRROGA TARIFA PLANA 100 euros.   IMPORTANTE: El RDL 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de comunidades autónomas y entidades locales, publicado en el BOE de 30 de diciembre, prorroga la vigencia de la tarifa plana de 100 euros para la contratación indefinida de nuevos trabajadores hasta el 31 de marzo de 2015.   Para consulta de la Orden publicada en el BOE: Orden ESS/86/2015, de 30 de enero          
04/02/2015