Inicio Blog La opinión experta de Cuatrecasas: ¿qué novedades podemos esperar en el año 2023 en materia de igualdad y conciliación?

La opinión experta de Cuatrecasas: ¿qué novedades podemos esperar en el año 2023 en materia de igualdad y conciliación?

En los últimos años se han sucedido importantes novedades legislativas en materia de igualdad de género y conciliación en el trabajo. Entre otras muchas cuestiones, se ha equiparado la duración del permiso de paternidad al de maternidad – con la creación del nuevo permiso por nacimiento –, se ha bajado el umbral de plantilla para la obligatoriedad de los planes de igualdad, se ha establecido la obligación de todas las empresas de contar con un registro retributivo y se ha ampliado la protección de las mujeres embarazadas frente a la extinción del contrato por no superación del período de prueba. ¿Se esperan más novedades en materia de conciliación e igualdad de género en el trabajo? Todo indica que sí. El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, en fecha de 20 de junio de 2019, adoptaron la Directiva (UE) 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. Entre otras cuestiones en materia de conciliación, la citada directiva prevé la obligación de los Estados miembros de adoptar medidas que garanticen:
  • El derecho individual a disfrutar de un permiso parental de 4 meses antes de que el hijo o hija alcance una determinada edad.
  • El derecho individual a disfrutar de un permiso para “cuidadores” de cinco días laborables al año – pudiendo condicionarse el disfrute del permiso a su justificación.
  • El derecho de los trabajadores con hijos de hasta una edad determinada (de al menos 8 años) y de los cuidadores a solicitar fórmulas de trabajo flexible para ocuparse de sus obligaciones de cuidado.
Aunque se había fijado el 2 de agosto de 2022 como fecha límite para la transposición de la Directiva, por el momento en España únicamente se ha aprobado el anteproyecto de ley que, en cumplimiento de la Directiva, prevé modificar el Estatuto de los Trabajadores. Las novedades más relevantes de este anteproyecto de ley en materia de igualdad y conciliación son las siguientes:
  • El establecimiento de un nuevo permiso parental hasta el momento en el que el hijo o hija cumpla 6 años. De conformidad con la redacción actual del anteproyecto de ley, este permiso tendría una duración máxima de 8 semanas, continuas o discontinuas, que podrá disfrutarse a tiempo completo o parcial según se establezca por vía reglamentaria.
El anteproyecto de ley equipara la protección frente al despido de las personas que estén disfrutando de este permiso a la de las personas con reducción de jornada por guarda legal.
  • El incremento de la duración de los permisos de nacimiento para (i) familias monoparentales – con una duración adicional de 10 semanas a las 16 semanas legalmente previstas – y (ii) nacimiento, adopción o guarda para adopción o acogimiento de hijo o hija con discapacidad – con una duración adicional de 2 semanas para cada progenitor, o de 4 semanas para el caso de familias monoparentales.
  • La adaptación de jornada del art. 34.8 Estatuto de los Trabajadores – no la reducción de jornada por guarda legal – se podrá solicitar también por aquellas personas que acrediten “deberes de cuidado” respecto de los hijos e hijas mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes cuando, en este último caso, convivan en el mismo domicilio.
Con la redacción actual de la propuesta de ley no parece que sea necesario que estas personas no puedan valerse por sí mismas y no desempeñen actividad retribuida – tal y como se requiere, por el contrario, para solicitar una reducción de jornada por guarda legal por cuidado de personas dependientes. Asimismo, el anteproyecto de ley equipara la protección frente al despido de las personas que estén disfrutando de estas adaptaciones de jornada del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores a la de las personas con reducción de jornada por guarda legal. Aunque el texto definitivo que finalmente se apruebe puede distar de lo previsto hasta el momento en el anteproyecto de ley, es de esperar que las novedades legislativas que veamos en materia de igualdad y conciliación en el año 2023 vayan en esta línea.   Autores: Carmen Bardi Vale / Antonio Cárdenas Miró            
02/12/2022